Desde SAMFyC expresamos nuestro rechazo a la contratación de médicos sin especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria (MFyC) para plazas de facultativo de Atención Primaria. Ningún médico puede ejercer sin tener una especialidad vía MIR (RD 931/1995 en cumplimiento de la Directiva Europea 86/457). La ley exige la posesión de la especialidad de MFyC para ocupar un puesto de trabajo en establecimientos o instituciones públicas o privadas con tal denominación. Lo contrario es ofrecer al ciudadano una medicina no cualificada, con poco rigor científico, carente de unos mínimos de calidad contrastada. Es inadmisible ofrecer este tipo de Atención Primaria a la ciudadanía. Deseamos que la administración pública continúe su firme apuesta por la Atención Primaria mediante una oferta de opciones laborales de calidad.
Etiquetas: Comunicado, Contratación, Especialidad, MIR
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